SOFOM
SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE
Sociedad Financiera de Objeto Multiple es una sociedad mercantil cuyo objeto social principal comprende la realización habitual y profecional de una o más actividades, de las cuales son:
Otorgamiento de Créditos
Arrendamiento financiero
Factoraje financiero
Para que esta entidad sea jurídicamente una SOFOM debe contar con un registro vigente ante la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF), este tipo de empresa debe de cumplir con los requisitos establecidos en la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito (LGOAAC). El sustento legal se encuentra en el articuli 87-B de la mencionada.
¿Qué diferencia tiene una SOFOM E.R. y una SOFOM E.N.R.?
DATO:
¿Sabías que?
La diferencia fundamental a un banco es que una SOFOM no puede captar depósitos o ahorro del público como lo hace una institución bancaria. La SOFOM solo puede obtener fondeo mediante otras fuentes permitidas, pero no funcionar como una cuenta de ahorro o depísito del público.
Las SOFOMES son consideradas entidades financieras y pueden ser sociedades reguladas o no reguladas.
SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE, ENTIDAD REGULADA
SOFOM, E.R.
SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MULTIPLE, ENTIDAD NO REGULADA
SOFOM, E.N.R.
Son aquellas que cuentan con vínculos patrimoniales con:
Instituciones de crédito,
Sociedades Financieras Populares con nivel de operaciones I a IV,
Sociedades Financieras Comunitarias con niveles de operación I a IV o con
Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo con niveles de operación I a IV;
y aquellas que para fondear sus operaciones emitan valores de deuda inscritos en el Registro Nacional de Valores conforme a la Ley del Mercado de Valores.
Es importante mencionar que también son Sofomes «reguladas» las que, a pesar de no situarse en alguno de los supuestos contemplados en el párrafo anterior, voluntariamente lo deseen y obtengan la aprobación de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV); y estarán sujetas a la supervisión y vigilancia de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, sin perjuicio de las atribuciones que tenga la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros.
Son aquellas que no se ubiquen en los supuestos para ser considerada como entidad regulada y podría actuar como comisionistas de otras entidades financieras y deben agregar a su denominación social la expresión «Sociedad Financiera de Objeto Múltiple» o su acrónimo «SOFOM» seguido de las palabras «Entidad No Regulada»o su abreviatura «E.N.R».
Además están sujetas a la inspección y vigilancia de la CNBV, pero exclusivamente para verificar el cumplimiento en materia de Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.
Es importante saber que te pueden quitar el registro como una SOFOM, ya que la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito (LGOAAC) y las disposiciones de CONDUSEF contemplan supuestos de Pérdida/Cancelación del registro, para ello es importante mantener el cumplimiento regulatorio aplicable.
¿Cómo puede operar una SOFOM?
La figura de SOFOM es flexible ya que puede estar estructurada para atender a; personas firicas, empresas, PYMES, sector automotriz, inmobiliario, agropecuario, nómina, etc. Este enfoque depende del modelo, para ello te compartimos ejemplos de operaciones que puedes realizar con una SOFOM:
Crédito simple.
Crédito en cuenta corriente.
Crédito revolvente.
Crédito automotriz.
Crédito empresarial/PYME.
Crédito con garantía hipotecaria.
Crédito refaccionario.
Crédito de habilitación o avío.
Arrendamiento financiero.
Factoraje financiero.
Administración de cartera crediticia.
Adquisición o cesión de cartera.
Arrendamiento de bienes muebles o inmuebles bajo las condiciones legales correspondientes.
Actuar como comisionista de otras entidades financieras cuando la legislación aplicable lo permita.
La CNBV expresa que las actividades fundamentales de este tipo de entidades son; el crédito, arrendamiento financiero y factoraje, para ello tambien indica determinadas actividades adicionales que pueden contemplarse estatuetariamente.
Lo que NO puede hacer una SOFOM es captar ahorro o depósitos del público como lo realiza la figura de un banco, si una SOFOM comienza a Captar recursos del público fuera de los supuestos legalmente permitidos, puede constituir captación irregular y esto genere responsabilidades administrativas y de manera penales.
¿Cuál es el Marco Regulatorio de una SOFOM?
LGOAAC (Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito); Esta es la principal de las SOFOMES ya que dependiendo de las operaciones, es importante los articulos 87-B y siguientes.
Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros; Esta ley regula aspectos de transparencia, comisiones, contrartos y servicios financieros.
Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros (Ayuda en la intervención de CONDUSEF)
Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia (Es relevante ya que la SOFOM deben ser usuarias de al menos Una Sociedad de Información Crediticia y debe reportar los créditos en los términos legales
Disposiciones en materia de PLD/FT. Rn particular es importante para una SOFOM, E.N.R., bajo supervisión de CNBV
Ley Federal para la Preveción e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilicita, en lo que resulte aplicable
Ley General de Titulos y Operaciones de Crédito.
Código de Comercio y legislación mercantil aplicable.
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Es importante mencionar que la Comisión Nacional Bancaria y de Valores mantiene la normativa escencial que se aplica en la regulación de las SOFOMES.
Para comenzar a operar con tu SOFOM, con nosotros solo realizaremos tres etapas que consisten en:
Primer etapa constitución de la SOFOM:
1. Autorización de uso de denominación social expedida por la Secretaría de Economía.
2.Opinión favorable de estatutos expedida por la CONDUSEF
3.Autorización de uso de la palabra reservada (Si lo requiere de acuerso a la denominación social de su SOFOM, esta es expedida por la UBVA
4.Acta constitutiva de la SOFOM y su boleta de inscripción al Registro Público de Comercio
5.Constancia de inscripción al RFC de la SOFOM
6.Constancia de generación de Firma Electrónica Avanzada
7.Firma Electrónica Avanzada de la SOFOM
8.Opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales
9.Plan de negocios presentado a la CONDUSEF
10.Plan de negocios presentado a la CONDUSEF
11.Proyecciones financieras a 3 años de la SOFOM
12.Contrato con Círculo de Crédito para realizar consultas de personas físicas
13.Dictamen técnico emitido por la CNBV
14.Comprobante de pago del Dictamen Técnico
15.Manual de cumplimiento en materia de PLD/FT
16.Constancia de inscripción al SIPRES de la CONDUSEF
17.Usuario y contraseña para solicitar el dictamen técnico
18.Usuario y contraseña para tener acceso al sistema SCPADI
19.Usuario y contraseña para tener acceso al SITI/PLD.
20.Usuario y contraseña para acceder al PUR (Clave CICI)
21.Ficha técnica de los productos de crédito personal, arrendamiento financiero y factoraje financiero.
22.Contrato de adhesión de los productos de crédito personal, arrendamiento financiero y factoraje financiero.

